Expediente No. 208-2014 y 273-2014

Sentencia de Casación del 11/08/2014

"…Cámara Penal determina que el fallo recurrido se encuentra debidamente fundamentado, toda vez que basándose en los agravios manifestados por el apelante, cumplió con resolver con argumentos propios las razones por las que estimó que no se infringió el artículo 385 del Código Procesal Penal (…) el ad quem procedió a resolver y entró a verificar el iter lógico valorativo empleado en la valoración de los medios de prueba presentados, de donde también concluyó que con la prueba aportada no era posible determinar la participación del procesado (…) Con ello advirtió que el fallo de primer grado se fundó en razonamientos lógicos que llevaron a emitir una sentencia absolutoria, ya que no fue determinado que el sindicado haya actuado con violencia en contra de la supuesta víctima, pues por el contrario, fue determinado que entre ellos existía una relación previa (…) se encuentra que el ad quem cumplió con resolver fundadamente los agravios manifestados…"